En todo lo no especificado las reglas de evaluación se regirán por la Normativa de Exámenes del Área de Derecho penal, publicada en el Tablón de anuncios del Área, así como en la página web de la Universidad de Alicante. Según esta normativa: 1. En las asignaturas anuales se realizará un parcial en febrero, tal y como establecen las normas de la Facultad de Derecho. La nota del parcial se guardará únicamente hasta la segunda convocatoria (julio o septiembre) y siempre que dicha nota sea igual o superior a 5 (aprobado). 2. En la convocatoria de diciembre, sea cuál sea la calificación que haya obtenido en el examen parcial, el alumno tendrá que examinarse de toda la asignatura. 3. La convocatoria final de junio, julio o septiembre, es única y de toda la materia, salvo para aquellos que hubiesen aprobado el examen parcial. La calificación será la correspondiente a toda la materia o, en su caso, a la media de la nota obtenida en el parcial y la obtenida en el examen final. No se podrán guardar notas de parte de la asignatura para la siguiente convocatoria, excepto la nota correspondiente al parcial oficial, tal y como se indica más arriba. 4. Los alumnos deberán examinarse con el Profesor del grupo en el que estén matriculados, salvo casos excepcionales y debidamente justificados. 5. En las asignaturas cuatrimestrales, aunque la asignatura sea impartida por más de un profesor, no se podrán guardar notas correspondientes a partes de la materia hasta la segunda convocatoria. 6. En el caso de alumnos que se presenten al examen parcial, pero no a la convocatoria final de junio, julio o septiembre, la calificación será NO PRESENTADO. 7. Cuando para poder cursar una determinada asignatura se establezca como un pre-requisito necesario el haber superado otra (por ejemplo, haber superado Derecho Penal I, para poder cursar Derecho Penal II), en ningún caso se podrá guardar la nota de esta última, si el alumno decide presentarse al examen, a pesar del impedimento legal existente.
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