Complementos
de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de:
LICENCIADO EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PUBLICAS |
Orden
de 5 de junio de 1992 (BOE de 12 de junio de 1992) por la que se
establecen las titulaciones y estudios previos del primer ciclo, así
como los complementos de formación con los que se puede acceder
a las enseñanzas del segundo ciclo, conducentes a la obtención
del titulo oficial de Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas.
Podrán acceder al segundo ciclo de la Licenciatura en Publicidad y Relaciones Públicas quienes reunan los siguientes requisitos: 1.- Directamente, sin complementos de formación, quienes cursen el primer ciclo de estos estudios. 2.- Directamente, sin complementos de formación, quienes hayan superado el primer ciclo de:
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