Orden
de 22 de diciembre de 1992 (BOE de 13 de enero de 1993) por la que
se establecen las titulaciones y estudios previos del primer ciclo, así
como los complementos de formación con los que se puede acceder
a las enseñanzas de segundo ciclo conducente a la obtención
del titulo oficial de Licenciado en Psicopedagogía.
Podrán acceder a los estudios
de sólo segundo ciclo conducentes al título oficial de Licenciado
en Psicopedagogía quienes reunan los siguientes requisitos:
1.- Quienes se encuentren en posesión
del título de:
-
Maestro, en sus diversas especialidades
Deberán cursar, de no haberlo
hecho antes, los siguientes complementos de formación:
- 6 créditos en Métodos,
Diseños y Técnicas de Investigación Psicológicos:
Medición en Psicología;
teoría y técnicas de construcción de tests, escalas
y
cuestionarios, y metodologías
cualitativas.
- 6 créditos en Procesos Psicológicos
Básicos.
- 6 créditos en Psicología
de la Personalidad.
- 6 créditos en Psicología
Social.
2.- Quienes se encuentren en posesión
del título de:
-
Diplomado en Educación Social
Deberán cursar, de no haberlo
hecho antes, los siguientes complementos de formación:
- 6 créditos en Métodos,
Diseños y Técnicas de Investigación Psicológicos:
Medición en
Psicología; teoría y técnicas
de construcción de tests, escalas
y cuestionarios, y metodologías
cualitativas.
- 6 créditos en Procesos Psicológicos
Básicos.
- 6 créditos en Psicología
de la Personalidad.
- 4 créditos en Organización
del Centro Escolar.
- 4 créditos en Psicología
de la Educación.
3.- Quienes hayan superado el primer
ciclo de los estudios conducentes al título de:
Deberán cursar, de no haberlo
hecho antes, los siguientes complementos de formación:
- 6 créditos en Métodos,
Diseños y Técnicas de Investigación Psicológicos:
Medición en
Psicología; teoría y técnicas
de construcción de tests, escalas y
cuestionarios, y metodologías
cualitativas.
- 6 créditos en Psicología
de la Personalidad.
- 6 créditos en Psicología
Social.
4.- Quienes hayan superado el primer
ciclo de los estudios conducentes al título de:
Deberán cursar, de no haberlo
hecho antes, los siguientes complementos de formación:
- 6 créditos en Didáctica
General.
- 4 créditos en Teoría
e Instituciones Contemporáneas de Educación.
- 4 créditos en Organización
del Centro Escolar
- 4 créditos en Psicología
de la Educación.
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