Complementos de formación necesarios para acceder al segundo ciclo de:  
LICENCIADO EN ENOLOGÍA
Orden de 30 de enero de 1997 ( BOE 8 de febrero de 1997) por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo, así como los complementos de formación, necesarios para el acceso a las enseñanzas de sólo segundo ciclo conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Enología. 

Podrán acceder directamente, sin complementos de formación, a los estudios de sólo segundo ciclo de los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Enología los que reunan los siguientes requisitos: 

1.- Quienes hayan superado el primer ciclo de alguno de los estudios siguientes: 

  • Química
  • Biología
  • Farmacia
  • Ingeniero Agrónomo
  • Ingeniero Químico
2.- Quienes se encuentren en posesión del título de:  
  • Ingeniero Técnico Agrícola, en cualquiera de sus especialidades
  •  No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, y a fin de homogeneirzar los conocimientos de acceso a la Licenciatura en Enología, las Universidades podrán, en su caso, exigir a los estudiantes hasta un máximo de 12 créditos complementarios en materias que garanticen una formación básica y suficiente en Química, Biología y Edafología. 
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